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WASHINGTON, DC – La comunidad internacional debería estar indignada por las violaciones de derechos humanos ocurriendo en la isla Rapa Nui, también conocida como la “Isla de Pascua,” según los expertos de Indian Law Resource Center.
Una larga historia de controversia sobre derechos indígenas y asuntos de territorio no resueltos escaló a violencia el 3 de Diciembre de 2010. Las fuerzas policiales de Chile forzosamente desalojaron a miembros del clan Tuko-Tuki, lo cual resultó en más de 20 miembros seriamente heridos. Los miembros del clan, los cuales estaban desarmados, sufrieron golpesy disparos de perdigones en su contra.
“La política de Chile sobre asuntos Rapa Nui necesita ser reformada,” dijo Armstrong Wiggins, Director de la oficina del Centro en Washington, D.C. “Es hora que Chile observe estándares internacionales sobre los derechos humanos y que evite soluciones basadas en el uso de la fuerza.”
La isla esta ubicada en el sureste del Océano Pacífico y es un territorio especial de Chile, en virtud de la inscripción registral realizada por Chile sin el consentimiento de la Nación Rapa Nui en 1933. La mayoría de los 36 clanes Rapa Nui han estado inmersos en un proceso de reivindicación de sus derechos colectivos relativos al autogobierno y a sus tierras ancestrales, así como de protección de sus sitios sagrados.
Tras una visita a la isla Rapa Nui realizada a fines de Agosto de 2010, el Centro pudo constatar la situación crítica por la que atraviesa la Nación Rapa Nui por la elevada presencia de fuerzas policiales. En el mes de Octubre, el Centro solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la concesión de medidas cautelares para proteger al pueblo Rapa Nui.
Hasta la fecha, Chile todavía no ha respondido a la solicitud de información formulada por la Comisión Interamericana sobre los violentos desalojos que ocurrieron en Septiembre, Octubre y Diciembre de este año. En efecto, ésta pidió información a Chile sobre la base legal para llevar a cabo desalojos contra los clanes de sus tierras ancestrales.
“El Centro continuará en la búsqueda de justicia por medio del uso del derecho internacional, así como de reformas de políticas que cuenten con el consenso de la Nación Rapa Nui,” dijo Wiggins. “Solicitamos apoyo internacional para brindar justicia y una resolución pacífica para Rapa Nui.”
Declaración pública del Centro de Recursos Jurídicos para los Pueblos Indígenas
Chile responde con violencia a los justos reclamos de la Nación Rapa Nui
10 de Diciembre de 2010
El Centro considera altamente objetable la actual política interna y exterior de Chile sobre los asuntos Rapa Nui, y llama a la reflexión a los tres órganos del Estado sobre las mismas. Es hora que Chile revise por medio de sus órganos públicos, sus leyes, políticas y decisiones judiciales relativas a la Nación Rapa Nui, y que evite soluciones basadas en el uso desproporcionado de la fuerza. Todo esto, a efectos de responder debidamente a los estándares internacionales sobre los derechos de los pueblos indígenas. En su defecto, quedará comprometida la responsabilidad internacional de Chile ante los órganos del sistema interamericano de derechos humanos. El Centro seguirá empleando recursos legales disponibles en el derecho internacional, así como bregando por políticas y leyes domésticas sobre asuntos Rapa Nui que sean adoptados en consenso con la Nación Rapa Nui y que respondan a los estándares internacionales en la materia.
Desde 1888 a la fecha, Chile ha entablado una relación con la Nación Rapa Nui gobernada por principios antidemocráticos y lesivos de los derechos colectivos Rapa Nui. La falta de cumplimiento estatal del “Acuerdo de Voluntades” de 1888 firmado con la Nación Rapa Nui, y la posterior inscripción registral de la “Isla de Pascua” como parte del territorio chileno en 1933 por Chile sin el consentimiento de la Nación Rapa Nui, constituyen los cimientos fundacionales de tal relación, la cual no ha sido materia de cambios sustantivos hasta la fecha.
Desde entonces, la violación de derechos contra los Rapa Nui se ha convertido en moneda corriente. La reubicación forzosa de los clanes Rapa Nui de sus tierras ancestrales para su posterior confinamiento en Hanga Roa, un sector determinado de la isla, violó derechos tales como la libertad de movimiento y el derecho colectivo de propiedad sobre tales tierras, entre otros. Durante ese período, los Rapa Nui que salían del campo de confinamiento fueron brutalmente castigados y enviados a una colonia donde yacían recluidos los enfermos de lepra. Así fue como Chile pudo disponer de las tierras Rapa Nui para arrendarlas y transferirlas al sector privado, entre otros actos. Este confinamiento estuvo vigente hasta 1966 aproximadamente, fecha a partir de la cual se permitió a los Rapa Nui circular en la isla y se les proveyó servicios médicos por primera vez.
Esta relación marcada por violaciones de derechos se mantuvo en tiempos de dictadura, y no se revierte en tiempos de democracia. Todo esto, a pesar de la ratificación de Chile de numerosos tratados de derechos humanos—ej. Convención Americana sobre Derechos Humanos. Es por eso que, desde mediados de 2010 la Nación Rapa Nui ha decidido reivindicar sus derechos colectivos relativos al autogobierno y a sus tierras ancestrales, así como proteger sus sitios sagrados constituidos por los Moai. Esto implicó la búsqueda de un diálogo con el Estado Chileno y la recuperación de la posesión de sus tierras ancestrales. Fue entonces cuando la Nación Rapa Nui solicitó apoyo a Indian Law Resource Center (Centro).
Hacia el interior de sus fronteras, Chile vuelve a responder en forma evasiva y violenta a los reclamos Rapa Nui. En efecto, desde Agosto de 2010 la Vice-Presidencia de la República promueve “Mesas de Trabajo” sobre asuntos Rapa Nui, pero sin permitir la participación de los representantes legítimos de la mayoría de los clanes Rapa Nui, y permitiendo desalojos violentos en su contra. El otrora confinamiento se convierte así hoy en una cadena de desalojos sin previa consideración de los derechos que asisten a los Rapa Nui sobre sus tierras ancestrales. Estos desalojos se permiten incluso contra aquellos clanes que, habiendo participado en la “Mesas de Trabajo”, pusieron en consideración de la misma la determinación de sus derechos sobre tierras ancestrales. Este es el caso, por ejemplo, del clan Tuko-Tuki que fue violentamente desalojado de sus tierras el pasado viernes 3 de Diciembre. Esto deja entrever la falta de transparencia en el “diálogo” promovido por el ejecutivo por medio de las “Mesas de Trabajo”.
Tras una visita a la isla Rapa Nui realizada a fines de Agosto de 2010, el Centro pudo constatar la situación crítica por la que atraviesa la Nación Rapa Nui y decidió contribuir a la búsqueda de soluciones por medios legales disponibles en el derecho internacional. Es así como, en Octubre el Centro solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la concesión de medidas cautelares a favor de alrededor de 28 clanes Rapa Nui, a efectos de prevenir mayores violaciones a sus derechos humanos. Esta solicitud está siendo evacuada según el trámite de rigor por la Comisión Interamericana, órgano de la Organización de Estados Americanos (OEA) encargado de la supervisión del cumplimiento de las obligaciones emergentes de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Frente a lo planteado por el Centro, Chile guarda silencio y no responde a la solicitud de información formulada por la Comisión Interamericana. En efecto, ésta pidió información al Estado de Chile a inicios de Noviembre sobre asuntos Rapa Nui, tales como: base legal para llevar a cabo desalojos contra los clanes de sus tierras ancestrales y resultados de las “Mesas de Trabajo”, entre otros. A esta solicitud debe sumarse otro pedido de información hecho el pasado viernes 3 de Diciembre con motivo del desalojo colectivo y violento del clan Tuko-Tuki. El Centro esta preocupado por la violencia desplegada por fuerzas policiales contra las personas Rapa Nui desalojadas, las cuales estuvieron desarmadas al momento del desalojo y sufrieron golpes y disparos de perdigones en su contra. Ante todo ello, Chile guarda silencio y no responde a la Comisión Interamericana.
Contacto en Washington, D.C., Estados Unidos
Leonardo A. Crippa, Abogado
Tel.: (202) 547-2800